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03/12/2020

Ley de parto respetado y atención perinatal

Establece los derechos de las gestantes y de sus hijos y la obligación de los médicos de informar con claridad los tratamientos o intervenciones propuestas. Exigen claridad en los textos oficiales. El Picaflor fue elegida como ave emblemática.
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La Legislatura sancionó la ley que regula los mecanismos y “las condiciones necesarias para asegurar el parto respetado con el fin de garantizar los derechos de las personas gestantes, antes, durante y después del parto al igual que un nacimiento digno de las personas recién nacidas en el marco de la ley nacional Nro. 25.929 y el Decreto reglamentario 2035/15”.

Fue una iniciativa de las diputadas Inés Gorbea y Manuela Thourte (UCR), tratada y despachada en la comisión de Mujer e Infancia, que preside Laura Velasco (FdT). La normativa es de aplicación en el sector público de la salud y “se invita a adherir a los subsectores privado y de seguridad social”.

Parto respetado es aquel que garantiza el respeto de las decisiones de las personas gestantes en relación a cómo, con quién y en donde parir, y el acompañamiento necesario para la toma de decisiones autónomas, seguras e informadas antes, durante y después del parto, incluso en el periodo de puerperio, explica la ley sancionada este jueves.

También se hace referencia al “respeto del cuerpo y del transcurrir fisiológico del parto, expresado en un trato digno, en atención adecuada en tiempo y forma, sin intervenciones y/o medicalización innecesarias, a no ser por pedido expreso de la persona gestante, y sin patologización del proceso reproductivo”.

La gestante debe ser “informada por el equipo de salud, de forma clara y entendible”, a fin de que “pueda optar libremente” sobre tratamientos o intervenciones médicas.

El respeto debido debe garantizar “la intimidad durante todo el proceso asistencial” y tener en consideración las pautas culturales de la paciente.

Rige el derecho “al parto natural, respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud tanto de la persona gestante o como de la persona por nacer”.

La gestante deberá ser partícipe de las decisiones sobre su hijo/a y no podrá ser “sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación y docencia, salvo consentimiento manifestado por escrito luego de que se hayan explicado las implicancias de dichos procedimientos”.

También se establecen los derechos a “estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto”; a “tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario” y a tener “un Plan de Parto, entendiendo por éste al conjunto de decisiones basadas en el intercambio de información colaborativa entre el/la médico/a y/o el/la profesional de la obstetricia, la persona gestante y su familia”.

Lenguaje claro y comprensible

Con despacho de la Junta de Interpretación y Reglamento y de la Comisión de Comunicación Social (Leandro Halperín - UCR), se aprobó un proyecto de la diputada Thourte para “promover el uso de un lenguaje claro en los actos y documentos del sector público de la Ciudad”.

Se prescribe “el estilo de redacción clara y directa (…), expresiones sencillas, párrafos breves y sin tecnicismos innecesarios”. Queda exceptuado el uso de lenguaje de especialidades o términos técnicos cuando sea necesario y el documento lo requiera.

Desde el FdT, la diputada Laura Velasco lamentó que en la comisión que trató la iniciativa no se hayan tomado en cuenta lo que se denomina “lenguaje inclusivo”.

El picaflor, emblema porteño

Después de un proceso educativo escolar sobre la biodiversidad de la Ciudad de Buenos Aires y una masiva votación por parte de los alumnos, los legisladores declararon por ley como “ave emblema” de los porteños al picaflor verde común (Chlorostilbon lucidus).

La Ciudad ya tiene institucionalizado su árbol emblemático (el tala), una flor (la orquídea ribereña) y una mariposa (la Panambí Morotí o Mariposa Bandera). Ahora se suma el picaflor como “ave emblema de la CABA”.

Fue elegido por el voto de casi 12.000 niños de las escuelas públicas, sobre un total de 14 aves candidatas seleccionadas por la ONG Aves Argentina, en el contexto de un programa educativo en conjunto con el Ministerio de Educación y la Agencia de Protección Ambiental. Luego, la diputada Carolina Estebarena (VJ) promovió su sanción como ley.

La capital argentina tiene unas 350 especies de aves silvestres, encontrándose la mayor biodiversidad en la Reserva Ecológica de Costanera Sur y Norte, los parques Tres de Febrero, Sarmiento y Saavedra, el Lago Lugano y el predio de la Facultad de Agronomía y Veterinaria.

El benteveo, la calandria grande, el carancho, el cardenal común, el carpintero real, la cotorra, el gavilán mixto, la paloma picazuro, el picabuey, el picaflor verde común, la ratona, la torcaza, el tordo renegrido y el zorzal colorado, fueron los candidatos de la elección, por tratarse de las especies que más comúnmente pueden ser vistas por transeúntes y residentes.

El Picaflor Verde Común obtuvo 3.083 votos; en segundo lugar, la cotorra, con 1.141 sufragios, y tercero, el benteveo, con 1.136.

La “Casa de la Ciudad”

Denomínase “Casa de la Ciudad” a la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ubicada en Uspallata 3160, en el Barrio de Parque Patricios. Tal es el texto de una ley sancionada en la sesión ordinaria de este jueves, tras haberse considerado el tema en Audiencia Pública.

El nombre lo propuso la Junta Comunal de la Comuna 4 y la diputada Estebarena presentó el proyecto legislativo.


DGPrensa

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