Estos deberán estar expresados en pesos, de contado y correspondiente al precio total y final.
En los casos en que se acepten además otras monedas de pago, deberá estar indicado claramente en los lugares de acceso al establecimiento, el valor en Pesos al que será considerado el cambio.
La exhibición de los precios deberá efectuarse por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, éstas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo.